jueves, 12 de enero de 2012

El CAS es inconstitucional

Sala Laboral sentó
jurisprudencia en una
sentencia contra CAS

Una sentencia de la Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, declaró “inaplicable por inconstitucional el régimen del CAS” (Contrato Administrativo de Servicios) calificado como un régimen de esclavitud de los trabajadores estatales en pleno siglo XXI.


El doctor Omar Toledo Toribio (foto), Presidente de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, informó en un artículo publicado ayer en el diario El Peruano, que esa sentencia fue emitida el 11 de junio del 2010, recaída en el expediente N° 719–2010–BS.

Precisó que “en ejercicio de su facultad de ejercer control difuso de constitucionalidad de las leyes, la Sala declaró inaplicable, por inconstitucional, el régimen CAS y reconoció el vínculo laboral de la demandante sujeto al régimen laboral de la actividad privada y ordenó al empleador pagarle los beneficios laborales demandados”.

En medio de la incertidumbre existente, cuando se trata de prolongar la derogatoria de ese infamante, discriminatorio e injusto régimen laboral que mantiene en pleno siglo XXI la esclavitud de un amplio sector de trabajadores, es bueno leer las palabras del doctor Omar Toledo Toribio, Presidente de la referidac Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima.

El doctor Toledo ha arremetido contra esa modalidad de contrato, adoptada por entidades públicas donde se estima hay más de 80 mil personas sometidas a ese régimen orientado a negar todo vínculo laboral con su trabajador.

Omar Toledo (primero de la derecha) en Pleno Laboral

Toledo hace referencia al último Consejo de Ministros del año pasado, cuando se aprobó un proyecto de ley para eliminar el CAS “con el objeto de que dichos trabajadores gocen de los mismos derechos laborales de quienes se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276”.

Una audiencia laboral

Los beneficios a que se refiere el magistrado son vacaciones de 30 días, aguinaldos de julio y diciembre, seguro de salud completo y derecho a una indemnización en caso de despido arbitrario.

El ministro de Economía Luis Miguel Castilla hizo el anuncio de esa intención y de igualar los beneficios de los trabajadores del CAS con los que gozan los demás a partir de este año. Más adelante el ministro declaró a medios de prensa que “se eliminará el régimen de contrato CAS, pero para 2013”.

Esto da la idea de que la eliminación del CAS será progresiva, lo que significa simple y llanamente que subsistirá parcialmente en lugar de derogarlo de un plumazo y hacer justicia pronta a miles de trabajadores.

El doctor Toledo anota en su artículo que existen “reclamaciones por parte de trabajadores del Estado que no hacen sino exigir un trato igual y digno en concordancia con el artículo 23° de la Constitución Política del Estado, el cual establece que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de derechos constitucionales ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”.

En la referida sentencia, la Sala Laboral señala finalmente que "a mayor abundamiento, el Régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) creado por el Decreto Legislativo N°1057 afecta el Principio de Progresividad previsto en el artículo 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y en el artículo 26° de la Convención Americana de Derechos Humanos...".

Si se quiere hacer justicia a los trabajadores debe hacerse justicia oportuna y no prolongar ese estado de esclavitud que rige hoy.

Luis Eduardo Podestá

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