plazos y bate récords de
tiempo en duración de juicios
Alguien ajeno al Poder Judicial, me dijo alguna vez que el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP, según lo han bautizado los medios de comunicación), no solo acortaba los plazos de los juicios sino también los sufrimientos de la gente que, lamentablemente, podría verse involucrada en algún incidente que derivara en un proceso penal.
El doctor Vidal Reymundo Banda Prado, Juez de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Huaura, solo demoró 11 minutos en dictar sentencia, luego de que el imputado por robo agravado, el fiscal y el defensor le pidieran acogerse a la modalidad de terminación anticipada, el 23 de febrero de 2009 y con ello batió un récord difícil de superar en la historia penal del mundo.
El juez Vidal Reymundo Banda Prado
Ahora, cuando mañana 1 de octubre entre en vigencia el NCPP en el distrito judicial de Cusco primero y los días siguientes en los de Madre de Dios y Puno, se completará la cifra de 11 jurisdicciones donde los procesos penales serán tan cortos que batirán los récords habituales y disminuirán las angustias de la gente comprometida en ellos y se abrirá paso una justicia moderna en esos pueblos.
La vigencia del NCPP en los aquellos distritos está destinada a reeditar lo ocurrido en los lugares donde ya rige desde distintas fechas, y en los cuales, los juicios penales experimentaron una positiva y espectacular disminución de los antiguos extensos plazos.
No es un secreto que los juicios penales se extendían durante años, debido a diversos factores que obligaban a los jueces y tribunales a suspensiones y postergaciones, sea por ausencia de los reos “no habidos”, y la intervención de los abogados que aportaban nuevas pruebas o simplemente maniobraban para alargar los procesos no solo por razones profesionales sino personales.
Mientras tanto, los imputados y sus familiares, protagonizaban un calvario de nunca acabar y, adicionalmente, los primeros podían permanecer en la cárcel sin sentencia durante plazos más largos que el de las condenas que corresponderían al delito cometido.
La primera experiencia de Huaura, iniciada el 1 de abril de 2006, dejó enseñanzas valiosas para continuar el ritmo de aplicación del dispositivo en otras jurisdicciones. La que siguió fue La Libertad, el 1 de julio de 2007.
Restricciones económicas y falta de voluntad política del poder central fueron algunas de razones para esta lenta vigencia del Nuevo Código en las diversas jurisdicciones del país.
A pesar de los éxitos del programa, que derivaron en la emisión de sentencias no solo en horas sino en minutos como ocurrió en Huaura, la timidez en el gasto público y en la decisión del gobierno central, determinó la lentitud en la aplicación del Nuevo Código en lugares donde hacía más falta.
Dos de esos lugares que debían merecer la atención urgente del gobierno y del ministerio de Economía –que debía tomar en cuenta la preocupación del presidente Alan García en torno al asunto- debían ser Lima y Callao, donde se aloja la tercera parte de la población peruana y donde se comete alrededor de la mitad de los crímenes del país.
No obstante las dificultades con que tropieza, el Poder Judicial mantuvo su programación y en julio de 2007, la norma fue implantada en La Libertad, y en abril de 2008 inició su vigencia en Moquegua y Tacna. Posteriormente, en octubre del mismo año, comenzó en Arequipa. Luego, otros tres distritos, Lambayeque, Piura y Tumbes iniciaron la aplicación del Código en abril de este año.
Abogado defensor e imputado se deciden por la terminación anticipada
En todos estos distritos judiciales, las ventajas del dispositivo se hicieron evidentes. En Huaura, como lo demostró el doctor Banda Prado, llegó a batirse el récord de juzgamiento de un acusado de robo agravado.
Otra innovación significativa es la audiencia pública en que se desarrollan los procesos según en Nuevo Código, lo que permite que no solo el fiscal acusador, el defensor y el juez sean los protagonistas del juicio. Pueden asistir los familiares del imputado, la prensa y el público y convencerse en tiempo real de cómo ocurrieron los sucesos.
Como lo han explicado magistrados que participan en la aplicación de la norma, nada es secreto en estos procesos. El juez ya no investiga los hechos sobre la base de escritos presentados por las partes y solo conoce del asunto en la audiencia oral que puede ser la primera y única cuando dicta sentencia inmediata. El fiscal, encargado de la acusación, con el apoyo de la policía, es el encargado de la investigación del suceso.
Una ventaja adicional de los procesos de acuerdo con el Nuevo Código es que, debido a su naturaleza pública, la inmoralidad o la tentación de la corrupción es nula, algo que abona en la percepción que la ciudadanía tendrá presente a la hora de evaluar el comportamiento y la conducta de sus jueces, de modo que las encuestas que antes señalaban a un Poder Judicial con 9 o 10 por ciento de aprobación hoy exhiben un nivel de 18 y 19 y en ocasiones excepcionales, hasta un 27 por ciento de aprobación.
Todo esto es deseable para el prestigio ya reconocido internacionalmente de una justicia confiable y el amor propio de la sociedad peruana que se sabe poseedora de ella y para que los amigos, familiares y ciegos seguidores de alguien que se ha confesado corrupto, ladrón y autor de crímenes contra la humanidad, no digan que la justicia no funciona en un país que demuestra, ahora sí, una verdadera independencia de poderes.
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